robertroxx2021
ODUM
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No po, no está claro eso que dices que a razón propia de uno mismo, no habla de eso.Me auto respondo lo que pregunte antes,... solo cuentan las compras no los pagos de cuentas pues debe usarse la tarjeta y las cuentas se pagan desde el saldo.
Por otro lado leyendo las bases me parece que está claro cuando dice abonos a su cuenta tempo YA SEA instruidas por el empleador como transferencias a razón propia desde otro banco... El ya sea implica dos opciones distintas, una es la transferencia hecha por el empleador y la otra a razón propia hecha por el titular de la cuenta tempo.
El ya sea implica opciones distintas, la primera es el abono instruido por el empleador, y la segunda es transferidas a razón propia desde otro banco, la palabra clave es "propia", no tiene sentido usarla si se está refiriendo nuevamente al empleador.No po, no está claro eso que dices que a razón propia de uno mismo, no habla de eso.
Ahí di la explicación más arriba, ese "a razón propia" es interpretable.El ya sea implica opciones distintas, la primera es el abono instruido por el empleador, y la segunda es transferidas a razón propia desde otro banco, la palabra clave es "propia", no tiene sentido usarla si se está refiriendo nuevamente al empleador.
Me da paja, llama tu.
UTA la wea ahora me dió miedo tenpo, mejor voy a sacara la plátiña
Para ti no serán nada, para mi es el sueldo de 2 mesesEs impresionante el nivel de hate que tiene Tenpo. Tiene respaldo de Credicorp la cual tiene activos en la bolsa de New York y presencia en inversiones en varios países. Además 600 lukas no son naaaada en un país con inflación galopante.
Listo, me aburri y llame XD, me explicaron que tenia que ser desde una cuenta de un tercero, es decir no pueden concidir los rut de la cuenta tenpo con la que realiza la transferencia.Ahí di la explicación más arriba, ese "a razón propia" es interpretable.
Si fuera, "transferencia propia" sería como tu dices y todo más simple.
Esas dos opciones distintas, son las dos opciones de pago de sueldo por parte del empleador.
Por otra parte, seguramente el metodo de instrucción bancaria permite pagar sueldos mayores, y explicaría también el hecho que no dejan mayores montos transferidos, y la transferencia discreta hecha por el dueño de la pyme permite pagar las 300 Lucas.
Eso lo entendí desde el principio xD (o sea que no podía ser cuenta de "uno mismo" me refiero)Listo, me aburri y llame XD, me explicaron que tenia que ser desde una cuenta de un tercero, es decir no pueden concidir los rut de la cuenta tenpo con la que realiza la transferencia.
Tambien consulte por cuantas veces puedo hacerlo, es decir si puedo hacerlo en arbil y luego en mayo y luego en junio...peroo mientras intentaba verficar se corto la llamada XD:
Pregunte eso justamente, al principio me dijo que efectivamente tenia que ser de una empresa, luego fui mas especifico en la pregunta y le consulte que si era necesario que fuese una empresa, que si podia ser de una cuenta que tuviese otro rut y me dijo, mientras los rut no coincidan, cumple...ahora vaya a saber si de verdad sabia el tipo o no XD.Eso lo entendí desde el principio xD (o sea que no podía ser cuenta de "uno mismo" me refiero)
Ahora el cuco es que el remitente sea RUT de empresa, o sea, persona jurídica.. chaaaan