Modificar los contratos de forma unilateral es una grave afectación a los derechos de los consumidores, señala abogado de Conadecus, Antonio Olivares.
A propósito de lo que comenzó a circular hace pocos días, incluso te lo contamos acá, es que ayer Antonio Olivares, abogado de Conadecus, señaló que el cobro que pretende imponer Netflix por compartir las contraseñas lleva dos problemas.
El primer problema es "la forma en que se determina que la persona que ha contratado un servicio, que es compartido, no se encuentra dentro del lugar en que se está prestando el servicio", señaló.
Luego, agrega que el segundo problema, es "que impone un cobro que es unilateral, que se determina de forma arbitraria, y que no se encontraba convenido con los consumidores con anterioridad, lo que implica una modificación unilateral del contrato, el que produce una afectación grave a los derechos de los consumidores, por lo cual debiera quedar sin efecto, no modificando los contratos que ya se encuentran vigentes".
Así, pareciera que la modificación que pretende realizar Netflix no se encuentra ajustada a la normativa chilena, la que vulneraría los derechos de los consumidores amparados en la Ley N° 19.496.
Recordar que la compañía pretende realizar un cobro extra, hasta dos miembros de la familia que no residan en el mismo lugar, y que el precio alcanzaría en Chile los $2.380 CLP, por cada miembro adicional.
¿Cómo terminará la primera temporada de esta serie, protagonizada por Netflix? Comenta ?
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