RECLAMOS ⚖️ Despido necesidad de la empresa

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Estimados, quiero consultarles a los expertos en leyes laborales.

Fui desvinculado de una importante institucion financiera con 9 años de servicio por necesidad de la empresa.

Antecedentes.

- firme finiquito con reserva de derecho
"Me reservo el derecho a demandar el despido injustificado, indebido y/o improcedente, bonos, diferencia de remuneraciones, diferencia de base de cálculo, feriado legal/proporcional, horas extraordinarias, y demás prestaciones, devoluciones, descuentos de AFC y AFP, así como otros descuentos, nulidad del despido y cualquier otro concepto. Me reservo además el derecho a demandar la demora en el pago de este finiquito en los juzgados de cobranza laboral."

- me pagaron el finiquito descontando AFC (9 años de servicio + mes de aviso + sueldo proporcional junio)
- no me han pagado turnos y hh . Total 15uf
- No tengo idea si tengo feriado legal pendiente.
- Estoy siendo asesorado por un abogado por causal improcedente, pero al existir pagos devengados pendiente podria existir nulidad de despido por cotizaciones impagas.
- abogado me cobra 25% de todo lo que se obtenga (AFC + 30%del finiquito + nulidad de despido)

Mi consulta para los expertos.

1.- Los honorarios del abogado son correctos? finiquito de 36M y descuento AFC 8.5M
2.- entiendo que AFC + 30% es seguro, pero hay suficiente argumento para nulidad de despido, cuanto se podria obtener por nulidad de despido? considerar que la empresa es top en gptw y cualquier sentencia en demandas laborales puede afectar su reputacion.
 
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Estimados, quiero consultarles a los expertos en leyes laborales.

Fui desvinculado de una importante institucion financiera con 9 años de servicio por necesidad de la empresa.

Antecedentes.

- firme finiquito con reserva de derecho
"Me reservo el derecho a demandar el despido injustificado, indebido y/o improcedente, bonos, diferencia de remuneraciones, diferencia de base de cálculo, feriado legal/proporcional, horas extraordinarias, y demás prestaciones, devoluciones, descuentos de AFC y AFP, así como otros descuentos, nulidad del despido y cualquier otro concepto. Me reservo además el derecho a demandar la demora en el pago de este finiquito en los juzgados de cobranza laboral."

- me pagaron el finiquito descontando AFC (9 años de servicio + mes de aviso + sueldo proporcional junio)
- no me han pagado turnos y hh . Total 15uf
- No tengo idea si tengo feriado legal pendiente.
- Estoy siendo asesorado por un abogado por causal improcedente, pero al existir pagos devengados pendiente podria existir nulidad de despido por cotizaciones impagas.
- abogado me cobra 25% de todo lo que se obtenga (AFC + 30%del finiquito + nulidad de despido)

Mi consulta para los expertos.

1.- Los honorarios del abogado son correctos? finiquito de 36M y descuento AFC 8.5M
2.- entiendo que AFC + 30% es seguro, pero hay suficiente argumento para nulidad de despido, cuanto se podria obtener por nulidad de despido? considerar que la empresa es top en gptw y cualquier sentencia en demandas laborales puede afectar su reputacion.
dificil que una "importante institución financiera" no te ponga al día las cotizaciones si es que las tuviese atrasadas. Eso lo puedes validar tu mismo en donde eres afiliado.

No veo que sea rentable pagarle a un abogado.
 
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dificil que una "importante institución financiera" no te ponga al día las cotizaciones si es que las tuviese atrasadas. Eso lo puedes validar tu mismo en donde eres afiliado.

No veo que sea rentable pagarle a un abogado.
Ya se firmo el finiquito, en el desglose y calculo del finiquito no estan consideradas las 15UF por turnos y hh, por lo tanto estas 15UF implican cotizaciones impagas, al existir cotizaciones impagas se puede alegar nulidad de despido.

Pd: existe anexo de contrato donde se estipula el monto por turnos y eventos.
 
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por turnos y hh que? extras?
Y porque firmaste el finiquito si eso no estaba? o no te habias percatado.
los honorarios del abogado debiesen ser respecto a lo extra que te esta consiguiendo, no a lo que ya te pagaron, de otra manera no te conviene.

Hace unos dias salio un falló respecto a un despido por la empresa injustificado, de una farmacia o laboratorio creo, la causal era que te despidieron por necesidades de la empresa pero buscaron el mismo perfil a las semanas despues. eso no es legal. buscalo!
 
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por turnos y hh que? extras?
Y porque firmaste el finiquito si eso no estaba? o no te habias percatado.
los honorarios del abogado debiesen ser respecto a lo extra que te esta consiguiendo, no a lo que ya te pagaron, de otra manera no te conviene.

Hace unos dias salio un falló respecto a un despido por la empresa injustificado, de una farmacia o laboratorio creo, la causal era que te despidieron por necesidades de la empresa pero buscaron el mismo perfil a las semanas despues. eso no es legal. buscalo!

15 uf por turnos y hh que no me pagaron en el finiquito, al no habermelo pagado y significa que no pagaron las imposiciones que corresponden. en realidad esas 15uf son muy inferiores a lo que voy a recuperar de la AFC y 30% de recargo, pero es argumento suficiente para alegar nulidad de despido?

por que no firmar? si la reserva de derecho me permite demandar.

los honorarios son respecto a todo lo que se obtenga judicialmente, no sobre lo que ya me pagaron.

necesidad de la empresa es una causal mal utilizada, no basta decir "las condiciones del mercado" o "reestructuracion", incluso si no buscan reemplazo para el mismo cargo. Debe existir evidencias respecto a condiciones de solvencia de la empresa para que se pueda invocar necesidades de la empresa. Este argumento tengo claro que lo gano, mi duda va por la nulidad de despido.
 
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alvarofg

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- me pagaron el finiquito descontando AFC (9 años de servicio + mes de aviso + sueldo proporcional junio)
- no me han pagado turnos y hh . Total 15uf
Si han pasado 10 dias habiles desde la fecha de despido, no hay incumplimiento con el pago de horas extras. Si pasaron, te sugiero primero revisar con RRHH de la empresa y plantearles ese tema. Ir directo a juicio por 15UF es perdida de plata. Otro tema radica en que si existe alguna clasula especial que indique que las HHEE y otros pagos se procesan al siguiente mes (por ejemplo por temas comisionales hay pagos que se procesan hasta el cierre del mes 1 y se pagan el mes 2, por lo que tampoco en esa figura hay incumplimiento).

- No tengo idea si tengo feriado legal pendiente.
En teoria, al momento de pasarte el finiquito, deben estipular cuantos dias de feriados legales te estan pagando. Si tienes algo pendiente, debes probar ante el juez que te deben dias. Sal de la duda y comunicate con RRHH para que te entregue el detalle de todos los dias utilizados. (Y moraleja para cualquiera, siempre tener respaldo de todos los documentos legales, tanto contratos, anexos, dias de vacaciones tomados, liquidaciones, etc).

considerar que la empresa es top en gptw y cualquier sentencia en demandas laborales puede afectar su reputacion.
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Perdon por el meme, pero todas las empresas tienen causas judiciales y ninguna se ha ido a la quiebra por quedar fuera del GPTW.
necesidad de la empresa es una causal mal utilizada, no basta decir "las condiciones del mercado" o "reestructuracion", incluso si no buscan reemplazo para el mismo cargo. Debe existir evidencias respecto a condiciones de solvencia de la empresa para que se pueda invocar necesidades de la empresa. Este argumento tengo claro que lo gano, mi duda va por la nulidad de despido.
Casi nulas: la mayoria de las causas judiciales laborales sentencian que el vinculo laboral queda roto porque se rompe la confianza al iniciar un juicio. Que un juez ordene la reincorporación del trabajador a sus funciones es practicamente sentenciarte a una vida de bullying y seguidilla de malos tratos, asi que olvida ese tema.
En los unicos casos en que se ha visto reincorporación es por la tutela laboral, pero dado que no has mencionado situaciones de vulneración de derechos o discriminación, no aplicaria. Los otros casos son fueros (maternales o sindicales), pero hay otra figura legal existente en esa materia.
 
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Si han pasado 10 dias habiles desde la fecha de despido, no hay incumplimiento con el pago de horas extras. Si pasaron, te sugiero primero revisar con RRHH de la empresa y plantearles ese tema. Ir directo a juicio por 15UF es perdida de plata. Otro tema radica en que si existe alguna clasula especial que indique que las HHEE y otros pagos se procesan al siguiente mes (por ejemplo por temas comisionales hay pagos que se procesan hasta el cierre del mes 1 y se pagan el mes 2, por lo que tampoco en esa figura hay incumplimiento).


En teoria, al momento de pasarte el finiquito, deben estipular cuantos dias de feriados legales te estan pagando. Si tienes algo pendiente, debes probar ante el juez que te deben dias. Sal de la duda y comunicate con RRHH para que te entregue el detalle de todos los dias utilizados. (Y moraleja para cualquiera, siempre tener respaldo de todos los documentos legales, tanto contratos, anexos, dias de vacaciones tomados, liquidaciones, etc).


Ver archivo adjunto 35250

Perdon por el meme, pero todas las empresas tienen causas judiciales y ninguna se ha ido a la quiebra por quedar fuera del GPTW.

Casi nulas: la mayoria de las causas judiciales laborales sentencian que el vinculo laboral queda roto porque se rompe la confianza al iniciar un juicio. Que un juez ordene la reincorporación del trabajador a sus funciones es practicamente sentenciarte a una vida de bullying y seguidilla de malos tratos, asi que olvida ese tema.
En los unicos casos en que se ha visto reincorporación es por la tutela laboral, pero dado que no has mencionado situaciones de vulneración de derechos o discriminación, no aplicaria. Los otros casos son fueros (maternales o sindicales), pero hay otra figura legal existente en esa materia.

No se si soy malo haciendome explicar.

Ya han pasado mas de 2 semanas desde que me despidieron.
En el finiquito estaba el calculo del sueldo por lo trabajao durante Junio, sueldo base, gratificacion legal, bono movilidad, colacion, etc. No aparecio bono por turno y eventos lo cual por contrato estan estipulados.
15 UF es poco en comparacion al finiquito, pero no deja de ser remuneracion pendiente la cual esta afecto a imposiciones. De hecho la firma ante notaria sale el parrafo puesto por la misma notaria "cualquier pago pendiente de remuneraciones y/o imposiciones es causal de nulidad de termino de contrato".

Tengo todo respaldado, excepto mis feriados legales. Voy a consultar con RRHH respecto al feriado legal y feriado progresivo pendientes.

No he dicho que una empresa se vaya a quiebra por causas judiciales. Lo que dije fue que una empresa top en GPTW evita llegar a sentencias en juicio laborales por que esto afecta la reputacion (metrica evaluada en GPTW), a nivel de gran empresa la imagen es un activo. Una pyme seguramente le dara lo mismo y se defendera hasta la sentencia. Pero una empresa grande aunque tenga sentencia favorable, reputacionalmente no le conviene. Muchas veces prefieren llegar acuerdo antes de llegar a sentencia.

Nulidad de despido no es reincorporacion, es que hasta que no se regularice el pago de los haberes e imposiciones pendientes, debe seguir pagando el sueldo. Por lo investigado la notificacion de demanda por nulidad de despido se demora entre 1 y 2 meses por lo que la empresa ya estaria debiendo 1 o 2 sueldos hasta que regularice la situacion, una sentencia por nulidad de despido puede durar 4-7 meses.
 
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NiniaMuetta

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Ya se firmo el finiquito, en el desglose y calculo del finiquito no estan consideradas las 15UF por turnos y hh, por lo tanto estas 15UF implican cotizaciones impagas, al existir cotizaciones impagas se puede alegar nulidad de despido.

Pd: existe anexo de contrato donde se estipula el monto por turnos y eventos.
Mi experiencia, me pasó similar, no me pagaron turnos extra que hice, por consiguiente no me pagaron las cotizaciones... La jueza dijo textual que era muy poca plata para considerar el despido como injustificado y se supone que me iban a pagar los turnos... Han pasado años y nunca más me los pagaron... En mi caso mi empleador era la Seremi de salud RM
 

Lulú

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Por pago de imposiciones el empleador tiene plazo hasta el 10 o 13 del mes siguiente para pagar las cotizaciones, si el despido fue en junio, entonces está dentro del plazo y no aplicaría la ley Bustos.
 

Calamar

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Si durante la relación laboral tenías HHEE que trabajaste y no te pagaron, u otros bonos a los que tenías derecho y no los pagaron, podría haber nulidad del despido, pero depende del tribunal y del juez que te toque, algunos dicen que procede, otros que no, obviamente vale la pena pedirlo de todos modos. Cabe señalar que si esto es en Santiago, las causas laborales están demorando como 2 años más 1 año en la Corte de Apelaciones, y 1 año o más si llega a la Suprema, si los llegan a condenar por nulidad del despido tienen que pagar una remuneración por cada mes :zippy Los honorarios parecen correctos ya que la nulidad del despido es incierta, al final podría implicar estar como 2 años pendiente de una causa en que se sacará el puro AFC.
 

xSquall

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Los honorarios están dentro de rango, recuerda que es solo sobre lo ganado, no lo ya venia en el finiquito.

Los juicios laborales no son tan largos, muchos jueces intenta llegar a un acuerdo en la audiencia para evitarse el cacho, así que debes tener claro si te conviene esperar un año por un porcentaje extra.
 

cristianhcd

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Mi experiencia, me pasó similar, no me pagaron turnos extra que hice, por consiguiente no me pagaron las cotizaciones... La jueza dijo textual que era muy poca plata para considerar el despido como injustificado y se supone que me iban a pagar los turnos... Han pasado años y nunca más me los pagaron... En mi caso mi empleador era la Seremi de salud RM
Tu empleador xd?

 
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