Reclamo ⚖️ Duda devolución Tienda Travel

StrikeX

ODUM
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27 Jul 2019
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Estimados,

Hace un tiempo compré el bunlde de la Switch 2 en la Tienda Travel y hace poco me puse a ver acerca de la sección "cambios y devoluciones" en la página y esta dice que "Las compras realizadas en Duty Free TC S.A. por medios electrónicos, telefónicos o presenciales y en aquellos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos, o cualquier otra forma de comunicación a distancia, no estarán sujetas al derecho de retracto. Esto en conformidad con el Artículo 3 º bis, letra b, de la Ley de Protección al Consumidor (Ley N º 19496), y por lo tanto los clientes no podrán ejercer dicho derecho."

Al ver la boleta, efectivamente es emitida por Duty Free TC S.A. y la consulta es, ¿alguien lo ha intentado?, ¿efectivamente no permitieron el derecho de retracto?.

Gracias.
 
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9 Nov 2023
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Tengo la misma duda, suena bien irregular que puedan lavarse las manos y no dar derecho a retracto
 

alvarofg

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Es legal que las empresas puedan dejar sin efecto el derecho a retracto, por la naturaleza del pedido (compra por confección, perecedero, etc). Pero en el caso de este artículo electrónico no debería estar excluida.
Eso sale en el artículo 3 de la ley del consumidor, inciso b.
 

hernanm

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1 Dic 2020
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Una alternativa es que si aun no has recibido el producto es no recibirlo simplemente. Con reclamo en SERNAC devuelven la plata.

Me paso con Scotia, canjee un producto, me arrepenti, no lo recibi, hice reclamo en banco para devolucion de puntos, no paso nada, reclamo sernac, solucionado.
 
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27 Jul 2019
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Es legal que las empresas puedan dejar sin efecto el derecho a retracto, por la naturaleza del pedido (compra por confección, perecedero, etc). Pero en el caso de este artículo electrónico no debería estar excluida.
Eso sale en el artículo 3 de la ley del consumidor, inciso b.

Creo que para estos casos es mejor citar textual la ley.. sino se producen distorsiones o interpretaciones etc...

Acá está el Articulo e inciso respectivo


Inicio------
Artículo 3º bis.- El consumidor podrá poner término
unilateralmente al contrato en el plazo de 10 días contados
desde la recepción del producto o desde la contratación
del servicio y antes de la prestación del mismo, en los
siguientes casos:

b) En los contratos celebrados por medios
electrónicos, y en aquéllos en que se aceptare una oferta
realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra
forma de comunicación a distancia, a menos que el proveedor
haya dispuesto expresamente lo contrario.
Para ello podrá
utilizar los mismos medios que empleó para celebrar el
contrato. En este caso, el plazo para ejercer el derecho de
retracto se contará desde la fecha de recepción del bien o
desde la celebración del contrato en el caso de servicios,
siempre que el proveedor haya cumplido con la obligación de
remitir la confirmación escrita señalada en el artículo
12 A. De no ser así, el plazo se extenderá a 90 días. No
podrá ejercerse el derecho de retracto cuando el bien,
materia del contrato, se haya deteriorado por hecho

Fin ------------

Es decir, en una venta por medio electronico.. el proveedor sí puede indicar que no se acoje al derecho de retracto.. y de hecho lo he visto varias veces de esta forma.. asi que claramente no es algo ilegal...

Independiente de eso, quizas en la practica puedes hacer algo como lo que indica @hernanm

Saludos!

EDIT: Ojo que no es que yo defienda esta ley o esa empresa.. de hecho no me parece muy adecuada esa posibilidad del comercio de desligarse del retracto.. pero que así aparece en la ley, así aparece. Pasa lo mismo por ejemplo con esa ley en donde si te despiden por necesidades de la empresa, la empresa puede descontarte todo lo que aportó para el seguro de cesantia etc.. tampoco estoy de acuerdo, pero así es :(
 
Última edición:

StrikeX

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27 Jul 2019
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Gracias por sus respuestas, lo que también había visto era lo que incluyó MortalShadow que por lo visto la Ley si ampara si el proveedor lo mostró expresamente... 💀
 

StrikeX

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27 Jul 2019
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Revisando otra parte de la página, en términos y condiciones en la sección "2. Cambios y Devoluciones" ahí si aparece lo siguiente:

2.1 El artículo 3° bis letra b) de la Ley N°19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores (“LPC”), establece el derecho a retracto en los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquéllos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquiera otra forma de comunicación a distancia. Este derecho permite al consumidor poner término unilateralmente al contrato en el plazo de 10 días desde la recepción del producto o desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo, sujeto a ciertas condiciones, limitaciones y exclusiones.

En caso de ejercicio del derecho a retracto, en cumplimiento y bajo las condiciones establecidas en la norma antes citada y lo dispuesto en este documento, el consumidor deberá restituir en buen estado los elementos originales de embalaje, como manuales de uso, cajas y elementos de protección.

Así que cuando llegue veré.
 

alvarofg

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15 Jun 2022
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Creo que para estos casos es mejor citar textual la ley.. sino se producen distorsiones o interpretaciones etc...

Acá está el Articulo e inciso respectivo

Esa ley es antigua, y fue modificado precisamente ese articulo en el año 2021.

Artículo 3° bis.- El consumidor podrá poner término unilateralmente al contrato, sin expresión de causa, en el plazo de 10 días contados desde la recepción del producto o desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo, en los siguientes casos:
b) En los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquéllos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquiera otra forma de comunicación a distancia.
Sólo en el caso de la contratación de servicios, el proveedor podrá disponer lo contrario, y deberá informar al consumidor sobre dicha exclusión, de manera inequívoca, destacada y fácilmente accesible, en forma previa a la suscripción del contrato y pago del precio del servicio.
En los bienes o productos, excepcionalmente, no podrá ejercerse este derecho en el caso de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez, o hubiesen sido confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor, o se trate de bienes de uso personal.
Los proveedores deberán informar al consumidor la existencia del derecho a que se refiere este artículo, de manera inequívoca, destacada y fácilmente accesible, en forma previa a la suscripción del contrato y pago del precio del producto, y, en caso de que proceda, su exclusión. Un reglamento expedido a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo regulará la forma y condiciones en que el proveedor deberá comunicar la exclusión del derecho a retracto cuando corresponda, así como los bienes en que excepcionalmente y por su naturaleza procederá tal exclusión.

Para poner término unilateralmente al contrato de conformidad con este artículo, el consumidor podrá utilizar los mismos medios que empleó para celebrar el contrato. En este caso, el plazo para ejercer el derecho de retracto se contará desde la fecha de recepción del bien o desde la celebración del contrato en el caso de servicios, siempre que el proveedor haya cumplido con la obligación de remitir la confirmación escrita señalada en el artículo 12 A. De no ser así, el plazo se extenderá a noventa días. No podrá ejercerse el derecho de retracto cuando el bien que haya sido objeto del contrato se haya deteriorado por un hecho imputable al consumidor.
 
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27 Jul 2019
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Revisando otra parte de la página, en términos y condiciones en la sección "2. Cambios y Devoluciones" ahí si aparece lo siguiente:

2.1 El artículo 3° bis letra b) de la Ley N°19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores (“LPC”), establece el derecho a retracto en los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquéllos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquiera otra forma de comunicación a distancia. Este derecho permite al consumidor poner término unilateralmente al contrato en el plazo de 10 días desde la recepción del producto o desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo, sujeto a ciertas condiciones, limitaciones y exclusiones.

En caso de ejercicio del derecho a retracto, en cumplimiento y bajo las condiciones establecidas en la norma antes citada y lo dispuesto en este documento, el consumidor deberá restituir en buen estado los elementos originales de embalaje, como manuales de uso, cajas y elementos de protección.

Así que cuando llegue veré.

jjajaj entonces se están contradiciendo ellos mismos.. tienen en su sitio publicado que no no se puede y que sí se puede..
Es posible que entonces que el primero que pusiste sea mas antiguo y que lo hayan cambiado cuando salió la modificación que menciona @alvarofg

Asi que no deberias tener problemas
 
Desde
27 Jul 2019
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Esa ley es antigua, y fue modificado precisamente ese articulo en el año 2021.

Artículo 3° bis.- El consumidor podrá poner término unilateralmente al contrato, sin expresión de causa, en el plazo de 10 días contados desde la recepción del producto o desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo, en los siguientes casos:
b) En los contratos celebrados por medios electrónicos, y en aquéllos en que se aceptare una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquiera otra forma de comunicación a distancia.
Sólo en el caso de la contratación de servicios, el proveedor podrá disponer lo contrario, y deberá informar al consumidor sobre dicha exclusión, de manera inequívoca, destacada y fácilmente accesible, en forma previa a la suscripción del contrato y pago del precio del servicio.
En los bienes o productos, excepcionalmente, no podrá ejercerse este derecho en el caso de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez, o hubiesen sido confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor, o se trate de bienes de uso personal.
Los proveedores deberán informar al consumidor la existencia del derecho a que se refiere este artículo, de manera inequívoca, destacada y fácilmente accesible, en forma previa a la suscripción del contrato y pago del precio del producto, y, en caso de que proceda, su exclusión. Un reglamento expedido a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo regulará la forma y condiciones en que el proveedor deberá comunicar la exclusión del derecho a retracto cuando corresponda, así como los bienes en que excepcionalmente y por su naturaleza procederá tal exclusión.

Para poner término unilateralmente al contrato de conformidad con este artículo, el consumidor podrá utilizar los mismos medios que empleó para celebrar el contrato. En este caso, el plazo para ejercer el derecho de retracto se contará desde la fecha de recepción del bien o desde la celebración del contrato en el caso de servicios, siempre que el proveedor haya cumplido con la obligación de remitir la confirmación escrita señalada en el artículo 12 A. De no ser así, el plazo se extenderá a noventa días. No podrá ejercerse el derecho de retracto cuando el bien que haya sido objeto del contrato se haya deteriorado por un hecho imputable al consumidor.

Excelente noticia.. gracias!.. Efectivamente yo sabía que funcionaba como publiqué, pero no sabía que habian cambiado eso.
Entonces @StrikeX no debiera tener problemas con su devolución, si es que cumple con las condiciones (dentro de los 10 dias etc etc)
Saludos!
 

StrikeX

ODUM
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27 Jul 2019
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Finalmente, llamé para pedir la devolución, me hicieron mandar fotos (tal cual me llegó lo mantuve), se coordinó la visita y ahora estoy en espera a la devolución del dinero.

Gracias por los comentarios.

Saludos.
 
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5 Oct 2022
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Yo compré para el Cyber en Travel y a los 3 días me arrepentí y quise retractame de la compra que había pagado con el Banco Chile. La ejecutiva me indicó que cuando llegará la compra no la recibiera. Así que cuando llegó el camión me hice el Larry y los repartidores lo dejaron a una vecino de buena voluntad. Pero cuando la vecina me lo vino a dejar no se lo recibí, porque le señalé que Travel me dijo encarecidamente que no lo recibiera. Bueno, la compra la hice el 05-junio-2025 y recién hoy los pajaritos del despacho llegaron a mi casa preguntando por el paquete, así que les dije que preguntaran al vecino. Así que a partir de hoy preguntaré cuando me devuelven el dinero de la compra más el envío, ya que no lo recibí.
Así que ojo, si es posible, no recibir el producto.
Apenas me devuelvan el dinero, les cuento cómo me fue.
Pd: de ser posible, evitar comprar en Travel, sobre todo por lo que publican respecto al retracto, y aunque puedan acceder a la devolución, no es agradable que al momento de comprar tengas que leer que existe la posibilidad de que no te puedas arrepentir.
 

Monstacho

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ODUM
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10 Oct 2019
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Me pasó una vez con una giftcard que compré en travel duty, donde no decía explicitamente que el uso era solo presencial y yo la compré pensando en que el uso era tanto online como presencial. Con chat gpt redacté una carta y me aceptaron la devolución. Te dejo las preguntas que fui haciendo y la carta por si te sirve:

Preguntas a chat gpt:
- Escribe un mail que me permita devolver una gift card en Chile usando las leyes del consumidor que me lo permitan.
- Que otra ley me permite devolverla a pesar de que la empresa dicte en sus términos y condiciones que no es posible realizar devoluciones?
- Que otras leyes se pueden utilizar para darle más peso al asunto?
- Contexto: compré una gift card, la cual quería utilizar para realizar compras en línea, sin embargo, está solo se puede utilizar en tienda física por lo que no me sirve. En los términos y condiciones de la entidad donde la compré expresan lo siguiente: 2.3 Adicionalmente, tratándose de servicios, Travel Club ha excluido algunos de ellos del retracto, casos en los cuales dicha exclusión es debidamente informada al cliente de forma inequívoca, destacada y fácilmente accesible, previo al pago y contratación. Por ejemplo: servicios de intermediación como giftcard, cine, entre otros.
(Aquí me respondió esto: Derecho a la información: Como consumidor, tienes derecho a recibir información completa y clara sobre las características del producto o servicio que estás adquiriendo, incluyendo sus limitaciones o restricciones. Si consideras que la entidad no te proporcionó la información necesaria o no te advirtió adecuadamente sobre la incompatibilidad de la gift card con las compras en línea, podrías argumentar que se ha vulnerado tu derecho a la información.)
- Para el punto 2, la información se encuentra abajo de la página y sin ningún tipo de destacación, redacta un nuevo mail que permita hacer uso de esto junto a otras leyes que consideres que puedan ayudar en la devolución (Aquí me redactó un mail sin los números de las leyes).
- Redacta este mail con el número de ley que se puede utilizar


Eso fue lo que fui dándole como contexto a chat gpt y me redactó esto:

Estimado equipo de atención al cliente,

Espero que este mensaje les encuentre bien. Me dirijo a ustedes para expresar mi preocupación y solicitar la devolución de una gift card que adquirí en su comercio. Desafortunadamente, he descubierto que la gift card solo puede ser utilizada en tienda física, lo cual no se me informó de manera clara y destacada al momento de la compra.

De acuerdo con los términos y condiciones de su comercio, entiendo que existe una cláusula específica (2.3) que menciona la exclusión de servicios de intermediación, como las gift cards, del derecho al retracto. Sin embargo, me gustaría resaltar los siguientes puntos en apoyo a mi solicitud de devolución:

Información insuficiente: Al adquirir la gift card, no se me proporcionó información clara y destacada sobre las limitaciones y restricciones que esta posee. La cláusula que menciona la restricción se encuentra ubicada al final de la página y sin ningún tipo de distinción especial. Como consumidor, tengo derecho a recibir información completa y clara sobre los productos o servicios que adquiero, incluyendo las restricciones que puedan afectar su uso.

Principios de buena fe y equidad: Las leyes de protección del consumidor en Chile, como la Ley N° 19.496 del Sernac (Servicio Nacional del Consumidor) y la Ley N° 19.496 de Defensa de los Derechos de los Consumidores en Materia de Contratos de Adhesión, establecen principios de buena fe y equidad en las relaciones de consumo. Si considero que las cláusulas en los términos y condiciones son abusivas o injustas para los consumidores, puedo argumentar que dichas cláusulas no tienen validez legal y que prevalece mi derecho a solicitar la devolución de la gift card.

Por lo expuesto anteriormente, solicito amablemente la devolución del monto correspondiente a la gift card adquirida. Me gustaría recordarles que, como proveedores de productos y servicios, tienen la obligación de garantizar que los consumidores reciban información completa y precisa para tomar decisiones informadas.

Agradezco su atención a este asunto y espero una pronta respuesta para resolver esta situación de manera justa y satisfactoria. Quedo a la espera de sus comentarios y de las instrucciones necesarias para llevar a cabo la devolución.

Asimismo, les insto a revisar sus términos y condiciones para asegurar que se ajusten a las leyes de protección del consumidor, como la Ley N° 19.496, y brinden la información adecuada a los consumidores en futuras transacciones.

Atentamente,

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